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ARTÍCULO 24
Habiendo transcurrido el plazo para contestar el escrito de controversia, y en su caso, su ampliación o la reconvención, y admitidas o desechadas las pruebas, la Comisión de Gobernación, Justicia, Puntos Constitucionales y Protección Civil, señalará fecha para una audiencia de desahogo de pruebas y alegatos. Ley Orgánica Municipal
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