Ley Orgánica Municipal del Estado de Puebla · Puebla

Artículo 71

CAPÍTULO V

ARTÍCULO 71................................................................................................................... 47

ARTÍCULO 71

En la primera sesión del Ayuntamiento, se determinará el día y hora de cada mes en que se celebrará la sesión ordinaria.

Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresopuebla.gob.mx.

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