Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro · Querétaro

Artículo 111

TÍTULO VI · CAPÍTULO TERCERO

ARTÍCULO 111.- El Presupuesto de Egresos contendrá los apartados siguientes: (Ref. P. O. No. 73, 29-IX-15) I. Exposición de motivos, en la que se describan: (Ref. P. O. No. 73, 29-IX-15) a) Las condiciones económicas, financieras y hacendarias actuales, así como las que se prevén para el futuro del Estado. (Ref. P. O. No. 73, 29-IX-15) b) Situación de la deuda pública al término del último ejercicio fiscal presupuestal y estimación de la que se tendrá al concluir el ejercicio fiscal en curso e inmediato siguiente. (Ref. P. O. No. 73, 29-IX-15) c) Ingresos y gastos reales del primero de octubre del año anterior al treinta de septiembre del año en curso; (Ref. P. O. No. 73, 29-IX-15) II. La integración de las partidas por objeto del gasto y por conceptos globales de gasto social y gasto administrativo que ejercerán sus dependencias y entidades; (Ref. P. O. No. 73, 29-IX- 15) III. Las prioridades de gasto, programas y proyectos, así como la distribución del presupuesto, detallando el gasto en servicios personales, incluyendo el analítico de plazas y desglosando todas las remuneraciones; las contrataciones de servicios por honorarios y, en su caso, previsiones para personal eventual; pensiones; gastos de operación, incluyendo gasto en comunicación social; gasto de inversión; así como gasto correspondiente a compromisos plurianuales, proyectos de asociaciones público privadas y proyectos de prestación de servicios, así como cualquier otro que establezcan las disposiciones aplicables; (Ref. P. O. No. 73, 29-IX-15) IV. El listado de los programas, así como sus indicadores estratégicos y de gestión aprobados; (Ref. P. O. No. 73, 29-IX-15) V. La asignación de recursos, de acuerdo a las normas, metodologías y clasificadores que correspondan conforme a la Ley General respectiva; (Ref. P. O. No. 73, 29-IX-15) VI. Reportes de saldos en cuentas bancarias al treinta de septiembre del año en curso y dinero en efectivo, especificando su origen y, en su caso, destino; (Ref. P. O. No. 73, 29-IX-15) VII. Los tabuladores que contengan las remuneraciones, sean fijas o variables, en efectivo o en especie, de los servidores públicos, determinados en los términos del Título Tercero de esta Ley; (Ref. P. O. No. 73, 29-IX-15) VIII. Resumen ejecutivo del presupuesto que refleje la suma del total presupuestado; (Ref. P. O. No. 73, 29-IX-15) IX. El endeudamiento neto; (Ref. P. O. No. 73, 29-IX-15) X. Los intereses de la deuda; y (Ref. P. O. No. 73, 29-IX-15) XI. La demás información que, en su caso, señalen las disposiciones generales aplicables a los sujetos de la Ley. (Ref. P. O. No. 73, 29-IX-15)

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de septiembre de 2015. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: legislaturaqueretaro.gob.mx.

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