ARTÍCULO 165.- Por las infracciones cometidas a esta Ley, a los reglamentos municipales y a las demás disposiciones relativas, los servidores públicos municipales serán sometidos a lo que establece la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Querétaro. (Ref. P. O. No. 20, 20-III-09) CAPÍTULO TERCERO DE LA ACCIÓN POPULAR
Artículo 165
TÍTULO X · CAPÍTULO SEGUNDO
Última reforma de esta ley incorporada: 29 de septiembre de 2015. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: legislaturaqueretaro.gob.mx.
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.