ARTÍCULO 249. El Cronista de la Ciudad es: a) Investiga, Recopila y Ejerce Notaría Histórica. b) Interpreta y narra, en crónicas, de los sucesos del presente. c) Sirve de Consulta de la autoridad en la evolución, al futuro, de los hechos que, según su leal saber y entender, serán favorables o negativos, promoviendo lo indispensable ante las autoridades y ciudadanía a favor o en contra de esos actos o hechos. d) Protege el Patrimonio Histórico y Cultural de la Ciudad. e) Asesora y es fuente de información para todos los Ciudadanos e Investigadores que lo soliciten. f) Promueve de publicaciones históricas. g) Promueve de su Ciudad. h) Consultor de la autoridad en los reconocimientos a los Ciudadanos Distinguidos. i) Protege el ecosistema. j) Bibliográfica. k) Colabora en los Medios de Comunicación de la Comunidad.
Artículo reformado y publicado en el Periódico Oficial del Estado el día 30 de Septiembre de 2013