ARTÍCULO 88. El Reglamento interno del Ayuntamiento establecerá las funciones específicas de cada Comisión.
Artículo 88
TÍTULO SEXTO DE LAS COMISIONES · CAPÍTULO III DE LAS FACULTADES DE LAS COMISIONES
Última reforma de esta ley incorporada: 12 de mayo de 2017. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: documentos.congresoqroo.gob.mx.
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