Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 118

TITULO SEXTO DEL PATRIMONIO Y DE LA HACIENDA PUBLICA MUNICIPAL · CAPITULO II De la Hacienda Municipal 68

ARTICULO 118 . Los municipios deberán verificar que sus participaciones económicas de carácter federal, coincidan con los montos publicados anualmente por el Gobierno del Estado.

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de junio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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