Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 151

TITULO OCTAVO DE LOS SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES · CAPITULO III De la Concesión de Bienes y Servicios Públicos Municipales

ARTICULO 151. El otorgamiento de concesiones para la prestación de servicios públicos municipales se sujetará al siguiente procedimiento:

I. En sesión de Cabildo deberá establecerse la determinación, aprobada por acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, sobre la imposibilidad de prestar por sí mismo el servicio; la que deberá hacerse del conocimiento público a través de tres publicaciones de tres en tres días, en por lo menos uno de los diarios de mayor circulación en la Entidad y en la localidad, así como en el Periódico Oficial del Estado;

II. Posteriormente y en la misma forma que establece la fracción anterior, el Ayuntamiento emitirá una convocatoria a concurso para la obtención de la concesión de que se trate, señalando el término para que los interesados presenten las solicitudes correspondientes;

III. Los interesados en obtenerla deberán presentar la solicitud respectiva al Cabildo dentro del término señalado al efecto en la convocatoria, y deberán cubrir por su cuenta los gastos generados por la elaboración de los estudios correspondientes; 75

IV. Adjunto a la solicitud deberán anexar en sobre cerrado, la documentación mediante la que se compruebe que se cuenta con los medios y recursos para procurar las mejores condiciones, así como para el otorgamiento de garantías suficientes para responder sobre el cumplimiento y la eficacia en la prestación del servicio, y

V. Una vez concluido el término para la presentación de las solicitudes, el Cabildo determinará por el voto de cuando menos las dos terceras partes de sus integrantes, cuál de los solicitantes ofrece las mejores condiciones para la prestación del servicio de que se trate, y es suficientemente solvente para garantizar el debido y eficaz cumplimiento del mismo; debiendo posteriormente dar a conocer a los participantes la resolución respectiva.

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de junio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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