Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 98

TITULO QUINTO DE LAS AUTORIDADES MUNICIPALES · CAPITULO X De los Delegados Municipales

ARTICULO 98. Los delegados municipales se asesorarán con el Secretario del Ayuntamiento, en todos aquellos asuntos que por su importancia así lo requieran.

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de junio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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