Ley de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Sonora · Sonora

Artículo 131

TITULO CUARTO DE LA PLANEACION, PROGRAMACION · CAPITULO TERCERO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS

Artículo 131.- El Presupuesto de Egresos regulará el gasto público municipal y se formulará con base a los objetivos y metas que se señalen en el programa operativo anual.

El Presidente Municipal a través de la Tesorería Municipal y el Ayuntamiento en el ámbito de sus competencias deberán verificar que el Presupuesto de Egresos cumpla con las normas y lineamientos establecidos en la Ley General de Contabilidad Gubernamental con las normas que para tal efecto emita el Consejo Nacional de Amortización Contable.

Última reforma de esta ley incorporada: 15 de octubre de 2001. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente: normas.cndh.org.mx.

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