Código Municipal para el Estado de Tamaulipas · Tamaulipas

Artículo 205

TÍTULO QUINTO DE LAS RELACIONES LABORALES · CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 205.- En todo lo no previsto en el presente Título que regula las relaciones laborales entre los Ayuntamientos y sus respectivos trabajadores de base, se aplicarán supletoriamente las disposiciones contenidas en la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Tamaulipas y las Condiciones Generales de Trabajo que expida el Ayuntamiento correspondiente, las cuales surtirán efecto a partir de su depósito en el Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios de Tamaulipas. (Ultima reforma POE No. 115 del 24-Sep-2013)

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: po.tamaulipas.gob.mx.

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