Ley de Gobierno de los Municipios del Estado de Yucatán · Yucatán

Artículo 107

TÍTULO TERCERO · CAPÍTULO III

Artículo 107.- Las resoluciones de extinción de las concesiones de servicios públicos, se publicarán en la Gaceta Municipal. 108 CAPÍTULO IV De la Planeación del Desarrollo Sección Primera Del Sistema Municipal de Planeación

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de mayo de 2025. Fuente oficial: isla.merida.gob.mx.

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