Artículo 115.- Una vez aprobados por el Ayuntamiento, los planes a que se refiere este capítulo, se publicarán en la Gaceta Municipal.
Artículo 115
TÍTULO TERCERO · CAPÍTULO IV
Última reforma de esta ley incorporada: 7 de mayo de 2025. Fuente oficial: isla.merida.gob.mx.
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