Ley de Gobierno de los Municipios del Estado de Yucatán · Yucatán

Artículo 115

TÍTULO TERCERO · CAPÍTULO IV

Artículo 115.- Una vez aprobados por el Ayuntamiento, los planes a que se refiere este capítulo, se publicarán en la Gaceta Municipal.

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de mayo de 2025. Fuente oficial: isla.merida.gob.mx.

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