Ley de Gobierno de los Municipios del Estado de Yucatán · Yucatán

Artículo 173

TÍTULO CUARTO · CAPÍTULO V

Artículo 173.- El monto de financiamiento neto aprobado en las respectivas leyes de ingresos será la base para la contratación de proyectos de inversión pública productiva que deriven del Plan Municipal de Desarrollo e incluidos en el Presupuesto de Egresos 137 respectivo.

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de mayo de 2025. Fuente oficial: isla.merida.gob.mx.

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