Artículo 173.- El monto de financiamiento neto aprobado en las respectivas leyes de ingresos será la base para la contratación de proyectos de inversión pública productiva que deriven del Plan Municipal de Desarrollo e incluidos en el Presupuesto de Egresos 137 respectivo.
Artículo 173
TÍTULO CUARTO · CAPÍTULO V
Última reforma de esta ley incorporada: 7 de mayo de 2025. Fuente oficial: isla.merida.gob.mx.
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