Ley de Gobierno de los Municipios del Estado de Yucatán · Yucatán

Artículo 215

TÍTULO SEXTO · CAPÍTULO VI

Artículo 215.- El procedimiento para sancionar a los servidores públicos de elección popular, se regirá conforme a lo establecido por la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Yucatán, correspondiendo aplicar las sanciones al Congreso del Estado.

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de mayo de 2025. Fuente oficial: isla.merida.gob.mx.

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