Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 115

TÍTULO CUARTO ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL Capítulo I

Artículo 115

La Dirección de Seguridad Pública Municipal es el órgano encargado de garantizar la tranquilidad social dentro del territorio, con estricto apego a derecho; prevenir el delito y sancionar las infracciones al bando y reglamentos municipales.

Potestad en seguridad pública

Última reforma de esta ley incorporada: 15 de octubre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.

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