Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 34

TÍTULO PRIMERO MUNICIPIO LIBRE Capítulo I

Artículo 34

Los Ayuntamientos expedirán las normas reglamentarias que establezcan los mecanismos y procedimientos que garanticen mayor participación de los ciudadanos en el quehacer municipal y puedan expresar su aprobación o rechazo a los actos del Ayuntamiento, respecto del Bando, reglamentos, circulares, o disposiciones administrativas de observancia general.

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Última reforma de esta ley incorporada: 15 de octubre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.

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