Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 35

TÍTULO PRIMERO MUNICIPIO LIBRE Capítulo I

Artículo 35

Los Comités de Participación Social serán elegidos por los vecinos de cada manzana o unidad mínima de convivencia comunitaria y estarán integrados hasta por cinco de ellos, uno de los cuales lo presidirá.

Convocatoria de elección

Última reforma de esta ley incorporada: 15 de octubre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.

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