Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 45

TÍTULO SEGUNDO GOBIERNO MUNICIPAL

Artículo 45

El Ayuntamiento saliente dará posesión de las oficinas y fondos municipales, mediante el procedimiento que señala la Ley de Entrega-Recepción del Estado y Municipios de Zacatecas.

Elección extraordinaria

Última reforma de esta ley incorporada: 15 de octubre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.

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