Artículo 45
El Ayuntamiento saliente dará posesión de las oficinas y fondos municipales, mediante el procedimiento que señala la Ley de Entrega-Recepción del Estado y Municipios de Zacatecas.
Elección extraordinaria
TÍTULO SEGUNDO GOBIERNO MUNICIPAL
Artículo 45
El Ayuntamiento saliente dará posesión de las oficinas y fondos municipales, mediante el procedimiento que señala la Ley de Entrega-Recepción del Estado y Municipios de Zacatecas.
Elección extraordinaria
Última reforma de esta ley incorporada: 15 de octubre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.
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