Artículo 89
Las comisiones tienen facultades para solicitar informes y toda clase de documentos a servidores públicos y a cualquier dependencia pública municipal, incluso, hacer comparecer a sus funcionarios.
TÍTULO TERCERO INTEGRANTES DEL AYUNTAMIENTO, COMISIONES Y AUTORIDADES AUXILIARES
Artículo 89
Las comisiones tienen facultades para solicitar informes y toda clase de documentos a servidores públicos y a cualquier dependencia pública municipal, incluso, hacer comparecer a sus funcionarios.
Última reforma de esta ley incorporada: 15 de octubre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.
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