Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Hidalgo · Hidalgo

Artículo 37

TÍTULO SEGUNDO MECANISMOS DE PREVENCIÓN E INSTRUMENTOSDE RENDICIÓN DE CUENTAS · CAPÍTULO III DE LOS INSTRUMENTOS DE RENDICIÓN DE CUENTAS

Artículo 37. Las personas declarantes están obligadas a proporcionar a la Secretaría y los Órganos Internos de Control, la información que se requiera para verificar la evolución de su situación patrimonial, incluyendo la de sus cónyuges, concubinas o concubinarios y dependientes económicos directos o integrantes de sociedades de convivencia. Párrafo reformado, P.O. Alcance uno del 8 de julio de 2026.

Únicamente los titulares de la Secretaría, de Auditoria Superior y/o los titulares de los Órganos Internos de Control podrán solicitar a las autoridades competentes, enlos términos de las disposiciones aplicables, la información en materia fiscal o la relacionada con operaciones de depósito, ahorro, administración o inversión de recursos monetarios.

Última reforma de esta ley incorporada: 8 de julio de 2026. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.

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