Ley de Responsabilidades Políticas y Administrativas del Estado de Jalisco · Jalisco

Artículo 20

TÍTULO SEGUNDO DEL JUICIO POLÍTICO Y LA DECLARACIÓN DE PROCEDENCIA

Artículo 20 .

1. Son causas de sobreseimiento del procedimiento de juicio político:

I. La muerte del denunciado acaecida durante el procedimiento;

II. La imposibilidad material de aplicar la pena;

III. Que la aplicación de la pena se haga innecesaria;

IV. Que la Comisión de Responsabilidades determine no acusar; y

V. Cuando la Asamblea, erigida en jurado de acusación, declare la improcedencia de la acusación presentada por la Comisión de Responsabilidades. 7

Sección Quinta Pruebas

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresoweb.congresojal.gob.mx.

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