Ley de Responsabilidades Políticas y Administrativas del Estado de Jalisco · Jalisco

Artículo 30 BIS 13

TÍTULO SEGUNDO DEL JUICIO POLÍTICO Y LA DECLARACIÓN DE PROCEDENCIA

Artículo 30 Bis 13. 12

1. El gobernador, los diputados del Congreso del Estado, los magistrados del Poder Judicial del Estado y los miembros del Consejo de la Judicatura, gozan de inmunidad constitucional por la comisión de delitos federales en los términos del artículo 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresoweb.congresojal.gob.mx.

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