Ley de Responsabilidades Políticas y Administrativas del Estado de Jalisco · Jalisco
Artículo 55
TÍTULO TERCERO RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA
Artículo 55.
1. Los procedimientos de responsabilidad administrativa que resuelve el Tribunal de Justicia Administrativa se seguirán y resolverán conforme lo establecido en la presente ley, su Ley Orgánica y a la Ley General de Responsabilidades Administrativas.