Artículo 10. Competencia genérica del Tribunal. El Tribunal, además de las facultades y atribuciones conferidas en la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Nayarit y demás normatividad aplicable, estará facultado para resolver la imposición de sanciones por la comisión de Faltas Administrativas Graves y de Faltas de Particulares, conforme a los procedimientos previstos en esta Ley.
Artículo 10
TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES · CAPÍTULO III LAS AUTORIDADES COMPETENTES
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresonayarit.gob.mx.
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