Artículo 4. Son sujetos de esta Ley:
I. Los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Oaxaca;
II. Aquellas personas que habiendo fungido como Servidores Públicos se ubiquen en los supuestos a que se refiere la presente Ley; y,
III. Los particulares vinculados con faltas administrativas graves.