Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 5

TÍTULO PRIMERO Capítulo I

Artículo 5. Todos los entes públicos están obligados a crear y mantener condiciones estructurales y normativas que permitan el adecuado funcionamiento del Estado en su conjunto, y la actuación ética y responsable de cada servidor público.

Asimismo, tiene la obligación de ejercer sus funciones, facultades y atribuciones jurídicas, dentro de la perspectiva de género, la interculturalidad y el respeto pleno a los derechos de las niñas niños y adolescentes, en el marco de los acuerdos, convenios y tratados internacionales regionales, así como por lo expresado en nuestra Constitución, las leyes generales y estatales en la materia.

(Artículo reformado mediante decreto número 2656, aprobado por la LXIV Legislatura del Estado el 1 de septiembre del 2021 y publicado en el Periódico Oficial número 41 Cuarta Sección de fecha 9 de octubre del 2021)

Última reforma de esta ley incorporada: 6 de marzo de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.