Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 63

TÍTULO SEGUNDO DEL PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA

Artículo 63. La ejecución de las sanciones impuestas por la Secretaría, los Órganos internos de Control y el Tribunal, por faltas administrativas no graves, graves y las cometidas por particulares, se llevará a cabo en los términos que establece la Ley General en las Secciones Primera y Segunda, Capítulo IV del Título Segundo, del Libro Segundo.

Última reforma de esta ley incorporada: 6 de marzo de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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