Artículo 236.- El Congreso del Estado valorará la existencia y gravedad de los actos u omisiones a que se refiere el artículo anterior. Cuando aquellos tengan carácter delictuoso y el servidor público esté comprendido entre los señalados en el artículo 256 de esta Ley.
Artículo 236
TÍTULO SÉPTIMO RESPONSABILIDAD POLÍTICA · CAPÍTULO I SUJETOS, CAUSAS DE JUICIO POLÍTICO Y SANCIONES
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: stjsonora.gob.mx.
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