Artículo 24. La Contraloría, así como los Órganos Internos de Control, según corresponda, serán responsables de mantener actualizada en el Sistema de Evolución Patrimonial, de Declaración de Intereses y Constancia de Presentación de Declaración Fiscal, previsto por la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, la información correspondiente a los declarantes a su cargo. Asimismo, verificarán la situación o posible actualización de algún conflicto de interés, según la información proporcionada, y llevarán el seguimiento de la evolución y la verificación de la situación patrimonial de dichos declarantes, en los términos de la presente Ley y la Ley General.
Para tales efectos, la Contraloría y los Órganos Internos de Control, según corresponda, podrán firmar convenios con las autoridades que tengan a su disposición datos, información o documentos que puedan servir para verificar la información declarada por los servidores públicos.
Sección Segunda
De los Sujetos Obligados a Presentar Declaración Patrimonial y de Intereses