Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave · Veracruz

Artículo 41

TÍTULO TERCERO DE LAS FALTAS ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Y DE LOS ACTOS DE · CAPÍTULO III De las Sanciones

Artículo 41. Además de las sanciones previstas por el artículo 78 de la Ley General de Responsabilidades de los Servidores Públicos, las autoridades a que se refiere el artículo 6° de esta Ley, podrán aplicar:

I. Amonestación privada;

II. Amonestación pública con apercibimiento; y

III. Privación del derecho de ascenso.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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