Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave · Veracruz
Artículo 41
TÍTULO TERCERO DE LAS FALTAS ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Y DE LOS ACTOS DE · CAPÍTULO III De las Sanciones
Artículo 41. Además de las sanciones previstas por el artículo 78 de la Ley General de Responsabilidades de los Servidores Públicos, las autoridades a que se refiere el artículo 6° de esta Ley, podrán aplicar:
I. Amonestación privada;
II. Amonestación pública con apercibimiento; y
III. Privación del derecho de ascenso.
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
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