ARTICULO 3º. En los términos de esta Ley son autoridades sanitarias del Estado:
I. El Gobernador del Estado; 5
II. La Secretaría de Salud del Estado, y
III. Los servicios de salud de San Luis Potosí.
(REFORMADO, P.O. 07 DE JULIO DE 2009)
TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES · CAPITULO UNICO
ARTICULO 3º. En los términos de esta Ley son autoridades sanitarias del Estado:
I. El Gobernador del Estado; 5
II. La Secretaría de Salud del Estado, y
III. Los servicios de salud de San Luis Potosí.
(REFORMADO, P.O. 07 DE JULIO DE 2009)
Última reforma de esta ley incorporada: 28 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.
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