ARTICULO 6º. El Sistema Estatal de Salud está constituido por las dependencias y entidades públicas y sociales, así como las personas físicas o morales de los sectores social y privado, que presten servicios de salud en el Estado; así como por los mecanismos de coordinación de acciones, a fin de dar cumplimiento al derecho a la protección de la salud en el territorio de la Entidad.
El Sistema Estatal de Salud, con la intervención que corresponda al Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado, definirá los mecanismos de coordinación y colaboración en materia de planeación de los servicios de salud en el Estado. 12