Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 172

TITULO DECIMO

ARTÍCULO 172 . El programa estatal deberá de estar de acuerdo con los planes Nacional y Estatal de Desarrollo, con los instrumentos programáticos nacionales equivalentes establecidos en la Ley General, y con los objetivos y metas convenidos, tanto en el marco del sistema nacional como del sistema estatal.

(ADICIONADO, P.O. 15 DE MARZO DE 2017)

Última reforma de esta ley incorporada: 16 de abril de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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