Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 175

TITULO DECIMO

ARTÍCULO 175. El programa estatal deberá actualizarse cada año, de acuerdo con la realidad en la materia que prevalezca en la Entidad.

El Programa estatal y su actualización deberán publicarse en el Periódico Oficial del Estado.

(ADICIONADO, P.O. 14 DE OCTUBRE DE 2022)

Última reforma de esta ley incorporada: 16 de abril de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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