Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 41 TER

TITULO SEXTO DE LOS ORGANISMOS DE COORDINACION EN MATERIA

ARTICULO 41 TER. Estrategia Estatal para prevenir y combatir el delito de extorsión.

La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del Estado elaborará, coordinará y evaluará la Estrategia Estatal para Prevenir y Combatir el Delito de Extorsión, la cual deberá: 22

(ADICIONADA P.O. DEL 13 DE ENERO DE 2026)

I. Alinearse con los contenidos mínimos de la Estrategia Nacional a cargo de la Federación;

(ADICIONADA P.O. DEL 13 DE ENERO DE 2026)

II. Incluir un diagnóstico actualizado de la incidencia, modalidades y contextos territoriales de la extorsión en el Estado;

(ADICIONADA P.O. DEL 13 DE ENERO DE 2026)

III. Establecer objetivos, metas, indicadores y plazos cuantificables para la prevención, investigación y persecución de la extorsión;

(ADICIONADA P.O. DEL 13 DE ENERO DE 2026)

IV. Incorporar campañas permanentes de información y medidas de autocuidado dirigidas a la población, y

(ADICIONADA P.O. DEL 13 DE ENERO DE 2026)

V. Prever mecanismos de participación ciudadana y rendición de cuentas

Última reforma de esta ley incorporada: 16 de abril de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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