ARTICULO 60. El servicio de carrera para el personal de seguridad pública se organizará de conformidad con las bases siguientes:
I. Tendrá carácter obligatorio y permanente; abarcará los planes, programas, cursos, evaluaciones, exámenes y concursos correspondientes a las diversas etapas que comprende;
(REFORMADA, P.O. 08 DE JUNIO DE 2022)
II. Se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez, el respeto a los derechos humanos y, en lo conducente, a la perspectiva de género, reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Tendrá como objetivo la preparación, competencia, capacidad y superación constante del personal de las áreas de seguridad pública;
III. El contenido teórico y práctico de los programas de capacitación, actualización, especialización y certificación fomentará que los miembros de las instituciones logren la profesionalización y ejerzan sus atribuciones con base en los principios y objetivos referidos, y promoverán el efectivo aprendizaje y el pleno desarrollo de los conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes necesarios para el desempeño del servicio público;
IV. Contará con un sistema de rotación del personal;
V. Determinará los perfiles, así como niveles jerárquicos en la estructura y de rangos;
VI. Contará con procedimientos disciplinarios, sustentados en principios de justicia y con pleno respeto a los derechos humanos;
VII. Buscará el desarrollo, ascenso y dotación de estímulos con base en el mérito y la eficiencia en el desempeño de sus funciones;
VIII. Buscará generar el sentido de pertenencia institucional;
IX. Contendrá las normas para el registro y el reconocimiento de los certificados del personal;
X. Contendrá las normas para el registro de las incidencias del personal, y 39
(ADICIONADA, P.O. 15 DE OCTUBRE DE 2013)
XI. Los integrantes de las instituciones policiales que hayan alcanzado las edades límite para la permanencia, previstas en las disposiciones que los rijan, podrán ser reubicados a consideración de las instancias, en otras áreas de servicio de las propias instituciones.