Artículo 37. La CEGAIP contará con un Órgano Interno de Control, que tiene encomendada la función, control y vigilancia de los servidores públicos de ésta, para lo cual contará con autonomía técnica y de gestión para decidir sobre su funcionamiento.
(REFORMADO, P.O. 18 DE MAYO DE 2022)
En el ejercicio de sus atribuciones la persona titular del órgano interno de control, se abstendrá de interferir en el desempeño de las funciones y en el ejercicio de las atribuciones de la CEGAIP
(REFORMADO, P.O. 26 DE NOVIEMBRE DE 2019)