ARTÍCULO 51. Corresponde al Secretario General de Acuerdos del Tribunal: 25
I. Acordar con el Presidente del Tribunal la programación de las sesiones del Pleno;
II. Dar cuenta en las sesiones del Pleno de los asuntos que se sometan a su consideración, tomar la votación de sus integrantes, formular el acta relativa y comunicar las decisiones que se acuerden;
III. Revisar los engroses de las resoluciones del Pleno formulados por el Magistrado ponente, autorizándolos en unión del Presidente del Tribunal;
IV. Tramitar y firmar la correspondencia referente a las funciones del Tribunal y del Pleno, cuando ello no corresponda al Presidente del Tribunal;
V. Llevar el turno de los Magistrados que deban formular ponencias para resolución del Pleno;
VI. Dirigir los archivos de la Sala Superior Unitaria;
VII. Digitalizar la documentación y actuaciones que se requiera incorporar a un expediente tramitado en línea, así como imprimir y certificar las constancias de los expedientes electrónicos de la Sala Superior Unitaria y las reproducciones en medios electrónicos de dichas actuaciones;
VIII. Registrar sus actuaciones en el sistema de control de asuntos del Tribunal;
IX. Dar fe y expedir certificados de las constancias contenidas en los expedientes que obran en la Sala Superior Unitaria, y
X. Las demás que le correspondan conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.