Convenio 169 de la OIT (pueblos indígenas y tribales) · Tratado internacional
Artículo 10
Artículo 10 1 . Cuando se impongan sanciones penales previstas por la legisla- ción general a miembros de dichos pueblos deberán tener en cuenta sus características económicas, sociales y culturales.
2. Deberán darse la preferencia a tipos de sanción distintos del en- carcelamiento.
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: gob.mx.
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