Convenio 169 de la OIT (pueblos indígenas y tribales) · Tratado internacional

Artículo 10

Artículo 10 1 . Cuando se impongan sanciones penales previstas por la legisla- ción general a miembros de dichos pueblos deberán tener en cuenta sus características económicas, sociales y culturales.

2. Deberán darse la preferencia a tipos de sanción distintos del en- carcelamiento.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: gob.mx.

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