Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Puebla

Artículo 2281

CAPITULO SEXTO

Artículo 2281.- Lo dispuesto en el artículo 2278 no comprende los hechos ilícitos cometidos directamente contra el arrendatario, su familia o sus bienes.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.

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