ARTÍCULO 487, DEL CÓDIGO FAMILIAR PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS Y SE REFORMAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO PROCESAL FAMILIAR PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS. POEM No. 5236 de fecha 2014/11/12 DISPOSICIONES TRANSITORIAS: PRIMERA. Remítase el presente Decreto al Gobernador Constitucional del Estado, para los efectos a que se refieren los artículos 44, 47 y 70, fracción XVII, inciso a), de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos. SEGUNDA. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, órgano de difusión del Gobierno del Estado de Morelos. DECRETO NÚMERO MIL OCHOCIENTOS DIECISÉIS POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES AL CÓDIGO FAMILIAR PARA EL ESTADO DE MORELOS POEM No. 5246 de fecha 2014/12/24 ARTÍCULOS TRANSITORIOS PRIMERO.- Remítase el presente Decreto al Titular del Poder Ejecutivo, para su promulgación y publicación respectiva, de conformidad con los artículo 44, 47 y 70, fracción XVII, inciso a), de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos. SEGUNDO.- El presente Decreto, entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, Órgano de difusión del Gobierno del Estado de Morelos. TERCERO.- Dese cuenta a la Cámara de Diputados, en contestación a los exhortos contenidos en los oficios DGPL-62-II-5-694, CP2R2A.-337.16 y CP2R2A.-1400.16, de fecha veinticuatro de abril de dos mil trece, 21 de mayo de 2014 y 25 de junio de 2014, mediante el cual se exhorta a las Legislaturas de los Estados, para que en el ámbito de sus respectivas competencias, revisen su legislación civil, con el fin de aumentar la edad mínima para que ambos contrayentes puedan celebrar matrimonio. Código Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos DECRETO NÚMERO DOS MIL SETENTA Y NUEVE POR EL QUE REFORMA EL
Artículo 487
TÍTULO QUINTO · CAPÍTULO IX
Última reforma de esta ley incorporada: 22 de julio de 2026. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.