Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 100

TÍTULO SÉPTIMO PLANEACIÓN DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y

ARTÍCULO 100. Las Estrategias de Componentes Urbanos, son el conjunto de acciones dirigidas a regular de forma específica los elementos, constitutivos de la estructura urbana, éstos podrán comprender la totalidad del territorio o una parte de éste de acuerdo al Programa de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del cual deriva.

Su objetivo es precisar la estrategia de un Programa de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano en cualquiera de las materias que lo integran, enfocándose en la instrumentación y gestión de sus proyectos y acciones, y en ningún caso los modificará.

Su formulación atenderá el procedimiento señalado en el artículo 69 de esta Ley, y deberá estar indicado en las líneas de acción del programa de ordenamiento territorial y desarrollo urbano del cual deriva. Una vez concluido el proceso, se considerará como integrante de su estrategia.

Última reforma de esta ley incorporada: 1 de julio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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