ARTÍCULO 100. Las Estrategias de Componentes Urbanos, son el conjunto de acciones dirigidas a regular de forma específica los elementos, constitutivos de la estructura urbana, éstos podrán comprender la totalidad del territorio o una parte de éste de acuerdo al Programa de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del cual deriva.
Su objetivo es precisar la estrategia de un Programa de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano en cualquiera de las materias que lo integran, enfocándose en la instrumentación y gestión de sus proyectos y acciones, y en ningún caso los modificará.
Su formulación atenderá el procedimiento señalado en el artículo 69 de esta Ley, y deberá estar indicado en las líneas de acción del programa de ordenamiento territorial y desarrollo urbano del cual deriva. Una vez concluido el proceso, se considerará como integrante de su estrategia.