ARTÍCULO 135.- El pago extemporáneo de los derechos a que se refiere el artículo 133, de esta Ley, causará recargos por falta de pago oportuno a la tasa que fije anualmente la Ley de Ingresos del Estado, a excepción de los derechos a que se refiere el Programa de Emplacamiento Exprés.
Artículo 135
TÍTULO TERCERO DE LOS DERECHOS · CAPÍTULO VI DE LOS DERECHOS POR SERVICIOS DE CONTROL DE VEHÍCULOS
Última reforma de esta ley incorporada: 14 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresodurango.gob.mx.
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