ARTICULO 159 . La tasa del impuesto es del dos por ciento sobre la base gravable. Tratándose de acciones de vivienda nueva de interés social o popular, la tasa será la que se determine en las leyes de ingresos.
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Fecha de Aprobación: 2002.06.03
Entrada en Vigor: 2002.07.21
Asunto: Decreto No. 279-02 II P.O. Se reforma el artículo 11, fracción LXV, del
Código Municipal para el Estado de Chihuahua.
Observaciones: