Artículo 60.- .... Los empleados y servidores públicos municipales en general, están obligados a participar en los cursos y procesos de capacitación a que sean Se reforman las fracciones XXXVI y XXXVII del artículo 28 y se adiciona una fracción XXXVIII del mismo artículo; y con un último párrafo el artículo 60.
P.O.E.
2000.10.11/No.82 convocados por la Administración Municipal. La administración municipal a través de la Oficialía Mayor elaborará los programas, esquemas, manuales y demás instrumentos necesarios para impartir la capacitación y los esfuerzos de profesionalización.
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Fecha de Aprobación: 2000.09.05
Entrada en Vigor: 2000.10.12
Asunto: Decreto No. 573-00 IV P.E. Por medio del cual se adiciona el artículo 64 del Código Municipal para el Estado de Chihuahua con un II párrafo en su fracción III. Observaciones: