Artículo 64.- Son atribuciones del tesorero: I a II.-….
III.-…. Del estado de movimientos de ingresos y egresos del mes correspondiente a publicarse, deberá entregarse copia a los integrantes del ayuntamiento. IV a XIII.-.....
Se adiciona un segundo párrafo a la fracción III del artículo 64.
P.O.E.
2000.10.11/No.82
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Fecha de Aprobación: 2000.10.25
Entrada en Vigor: 2000.10.26
Fe de Erratas: 2001.02.17
Fe de Erratas: 2002.03.06/No.19
Asunto: Decreto No. 570-00 IV P.E. Por medio del cual se reforma el artículo 11, en su fracción LXIV del Código Municipal para el Estado de Chihuahua. Observaciones: