Ley Orgánica Municipal del Estado de Morelos · Morelos

Artículo 91

TITULO TERCERO · CAPÍTULO VI

ARTÍCULO 91 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MORELOS. POEM No. 6147 Alcance de fecha 2022/12/07 DISPOSICIONES TRANSITORIAS PRIMERA.- Remítase el presente decreto al titular del Poder Ejecutivo del Estado, para los efectos de lo dispuesto por los artículos 44, 47 y 70, fracción XVII, inciso a) de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos. SEGUNDA.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” órgano de difusión oficial del Gobierno del Estado de Morelos. TERCERA.- Se derogan todas las disposiciones de igual o menor rango jerárquico que se opongan al presente decreto. CUARTA.- Publíquese en la Gaceta Legislativa del Congreso del Estado de Morelos. Última Reforma: 01-07-2026 DECRETO NÚMERO SEISCIENTOS CATORCE POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS *15 BIS, *24 BIS, Y *89 BIS, TODOS ELLOS DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MORELOS. POEM No. 6147 Alcance de fecha 2022/12/07 DISPOSICIONES TRANSITORIAS PRIMERA.- Remítase el presente decreto al titular del Poder Ejecutivo del Estado, para los efectos de lo dispuesto por los artículos 44, 47 y 70, fracción XVII, inciso a) de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos. SEGUNDA.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, órgano de difusión oficial del Gobierno del Estado. TERCERA.- Una vez entrando en funciones los 36 municipios del estado de Morelos en su ejercicio constitucional por el periodo 2022-2024, deberán realizar las adecuaciones presupuestales y los ajustes a sus reglamentos y normatividad interna, en un plazo no mayor a noventa días naturales para el cumplimiento del presente decreto. CUARTA.- Se derogan todas las disposiciones de igual o menor rango jerárquico que se opongan al presente decreto. QUINTA.- Publíquese en la Gaceta Legislativa del Congreso del Estado de Morelos. DECRETO NÚMERO SEISCIENTOS QUINCE POR EL QUE SE ADICIONA EL PÁRRAFO TERCERO AL

Última reforma de esta ley incorporada: 1 de julio de 2026. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.

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