Artículo 245. Los actos, contratos, concesiones, permisos y autorizaciones realizados en contravención a lo dispuesto por los artículos 235, último párrafo, 238, fracciones I y II, 246, fracción I, 250 de esta Ley y aquellos que requiriendo la aprobación de la mayoría calificada, se otorguen sin satisfacer la misma, son nulos de pleno derecho.
Artículo 245
TÍTULO DÉCIMO DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LOS AYUNTAMIENTOS · CAPÍTULO III De los Contratos Celebrados por los Ayuntamientos
Última reforma de esta ley incorporada: 27 de septiembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresotabasco.gob.mx.
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