Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco · Jalisco

Artículo 719

TITULO DECIMO PRIMERO De los Juicios Sumarios · CAPITULO VI De los Interdictos

Artículo 719 .- Contra las resoluciones que se dicten ordenando la práctica de las medidas provisionales a que se refieren los artículos 710 y 717, no admite recurso; contra las que las denieguen procederá el de apelación en efecto devolutivo.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: transparencia.info.jalisco.gob.mx.

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